El Colegio de Abogados de Port-au-Prince condena la investidura de miembros del CEP y los excesos del Ejecutivo
Fecha 24/05/2020
El Colegio de Abogados de Port-au-Prince no llega hasta el final para dictaminar que el decreto del 14 de septiembre de 2020 sobre la adopción de la nueva Constitución por referéndum y el establecimiento de un consejo electoral provisional, es inconstitucional y se fusiona. “Las elecciones están asociadas al cambio de constitución como si se tratara de una sola operación. Básicamente, esta decisión es claramente parte de una forma de ejercicio autocrático del poder. Por tanto, sólo puede estar al servicio de diseños políticos oscurantistas que agravarán la crisis actual y sancionarán el reino de la arbitrariedad y, por tanto, de la anarquía. El asesinato del Bâtonnier Dorval, símbolo vivo del respeto a la ley, extrañamente coincide con un enfoque de este tipo destinado a destruir las limitaciones legales ”,
Ante esta observación, “el consejo condena enérgicamente la investidura de los miembros del CEP, parte de cuyo mandato es manifiestamente inconstitucional, y recuerda al presidente de la República y al gobierno que están obligados por la ley. La orden apunta al desdén del Ejecutivo por el Estado de Derecho que se traduce en que no dudó en eximir a los miembros del CEP del procedimiento de autorización que pasa por su servicio. juramento ante el Tribunal de Casación. Precisando que la toma del juramento es una formalidad jurídica de gran valor simbólico y legal, el Colegio de Abogados de Puerto Príncipe declara que ”al proceder, este martes 22 de septiembre de 2020 a la toma de posesión de los miembros de este CEP en el Palacio Nacional, a pesar del incumplimiento de esta formalidad vinculante,
«Todas estas medidas se adoptan con desconocimiento o desprecio de los controles y contrapesos institucionales existentes y en un contexto donde el poder personal del Jefe de Estado actúa como norma al margen de los principios fundamentales de la República y de todas las normas de derecho. . Este intento de destruir los equilibrios institucionales expresa la visión de poder total que se despliega gradualmente ante nuestros ojos. Ante el proyecto, que cada día es más preciso, de instalar permanentemente un régimen autoritario en el país unido a una política de terror, el ayuntamiento cree que es imperativo lanzar una señal de alarma a abogados, magistrados, secretarios, alguaciles, notarios, juristas en general y de toda la nación ”, subraya el concejal.
Con base en lo anterior, el Consejo del Colegio de Abogados de Puerto Príncipe, en esta nota de condena, consideró oportuno recordar las prescripciones de la constitución, a saber: «que el presidente no puede en ningún caso, sustituir al poder constituyente, porque no tiene más atribuciones que las que le asigna la Constitución (art. 150 de la Constitución); que los procedimientos para reformar la Constitución están previstos en la misma ley fundamental (art. 282-284-4 Const) que la organización de las elecciones debe corresponder al tiempo electoral ”.